Conseguimos el archivo automático de un procedimiento de Ejecución Hipotecaria de 2018

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Terminamos el 2022 con una gran victoria en un procedimiento de Ejecución Hipotecaria iniciado en los Juzgados de Illescas, provincia de Toledo.

Nuestra clienta se había visto forzada a dejar de pagar el crédito hipotecario tras la pérdida de su empleo en 2018. Desde entonces, por motivos de salud, no había podido volver a ponerse al día con el crédito, y el banco se negaba a comunicarle nada respecto de la situación de la deuda. En todo ese tiempo, no recibe ninguna notificación del Juzgado ni del banco. Desconoce que está pasando con su deuda.

Acude a nuestro despacho después de recibir, esta vez sí, varias cartas de publicidad de despachos generalistas. Según estas cartas, su vivienda ha salido a subasta pública y se encuentra publicada en el Portal de Subastas. Comprobamos que así es, y que la subasta procede de un expediente judicial de 2018. Esta es la primera noticia que recibe después de caer en impago, parece que el Juzgado había intentado notificarla antes del procedimiento, pero por su salud se había tenido que ausentar durante largos períodos, y no había recibido ni tan si quiera el primer burofax exigiéndole el pago.

Tras estudiar el procedimiento, comprobamos que su hipoteca está trufada de cláusulas abusivas, y que la demanda de Ejecución Hipotecaria de 2018 se ha tramitado por el Juzgado sin llevarse a cabo ningún control de oficio sobre las mismas. A los tres días de recabar el expediente completo, y estando a punto de concluir la subasta, presentamos Incidente de nulidad de actuaciones y solicitamos el archivo del procedimiento al no cumplir éste con los mínimos exigidos para la defensa del Derecho de consumidores.

El Juzgado, tras tramitar nuestra solicitud, da traslado de la misma al banco quién se pone en contacto directamente con nosotros para indicarnos que tenemos razón, y que pese a que la vivienda está en subasta pública van a allanarse a nuestra solicitud, acordándose con ello un archivo del procedimiento:

Segundo. – Siendo nulas las cláusulas mencionadas en el apartado anterior y habiéndose decretado la nulidad del auto despachando ejecución, la presente demanda de ejecución hipotecaria no tiene razón de ser, por lo que esta parte DESISTE de la misma.

El pasado 17 de junio el letrado de Bankinter contactó con el letrado de los prestatarios informándole del capital vencido e impagado y de los intereses ordinarios a fin de que aquellos pudieran poner al día el préstamo y evitar así la futura contienda judicial, esta vez al amparo de la Ley 5/2019 de regulación de contratos de crédito inmobiliario.

Por lo expuesto,

SOLICITO AL JUZGADO, admita este escrito y tenga por efectuadas las alegaciones vertidas en el mismo y por DESISTIDO a mi mandante de la demanda en su día formulada.

Ahora hemos conocido el archivo definitivo del procedimiento con enorme alegría para nosotros y para nuestra clienta, y hemos iniciado una negociación con el banco para reestructurar la deuda y refinanciar el crédito, para que así nuestra clienta pueda conservar su vivienda, acordando también unas cuotas hipotecarias acordes a su nueva situación económica para evitar caer en futuros impagos. Es muy difícil una estimación de un Incidente de nulidad de actuaciones, por lo que nos hemos alegrado muchísimo del resultado y de la celeridad con la que pudimos actuar.

Si estás en una situación parecida de impago hipotecario, por muy avanzado que esté el procedimiento, puedes ponerte en contacto con nosotros para que estudiemos en profundidad tu caso y veamos opciones para evitar que pierdas tu vivienda, somos especialistas en ello. ¡Seguimos!

 

Centro de Asesoría y Estudios Sociales CAES