Este 28 de diciembre se ha publicado en el BOE el Real-Decreto-Ley 20/2022, que incluye nuevas medidas de escudo social, y prorroga algunas de las que finalizaban este 31 de diciembre.
Repasamos aquellas que afectan al Derecho a la vivienda.
MEDIDA 1. Límite en la actualización de las rentas de alquiler al 2 %.
Los contratos de alquiler que tengan establecida una actualización de renta según el IPC deberán limitar esta subida a un máximo del 2% a lo largo de todo el próximo año. Esta medida estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023 y, por lo tanto, si a la renovación tácita o automática de tu contrato el arrendador te actualiza la renta, esta actualización no podrá suponer más de un 2% en ningún caso.
Recordamos este hilo que hicimos al respecto: Límite del 2% en alquileres
MEDIDA 2. Prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler.
Al igual que lo que ocurrió con las prórrogas aprobadas en 2022 en el contexto del Covid-19, aquellos contratos que finalicen entre hoy, 28 de diciembre, y el 30 de junio de 2023, y que no vayan a ser renovados por el arrendador, podrán prorrogarse por 6 meses a solicitud del inquilino.
Es decir, si entre esas fechas te comunican la finalización de tu contrato puedes acogerte a la medida y prorrogar el contrato en las mismas condiciones que venías cumpliendo por seis meses más desde la fecha en la que finalizaba, solicitándolo por escrito y de manera fehaciente al arrendador.
MEDIDA 3. Suspensión de algunos desahucios que afecten a población vulnerable.
Aquellas personas que tengan abierto un procedimiento de desahucio por alquiler, y demuestren encontrarse en situación de vulnerabilidad económica, a través de informe de servicios sociales, podrán solicitar la suspensión del lanzamiento hasta el próximo 30 de junio de 2023.
También, aquellas personas que tengan abierto un procedimiento de desahucio por precario o usurpación, siempre que el propietario sea una persona jurídica o un particular con más de 10 viviendas, pueden pedir la suspensión del desahucio hasta 30 de junio de 2023. En este caso, las familias solicitantes deben encontrarse en situación de vulnerabilidad económica acreditada por servicios sociales y además, debe tratarse de persona dependiente o víctimas de violencia de género, o convivan con ella niños, niñas o adolescentes de menos de 18 años.
Hemos realizado este pequeño vídeo explicando en síntesis las medidas. Cualquier consulta, no dudes en contactarnos.
Centro de Asesoría y Estudios Sociales CAES