Pasar de hipoteca multidivisa a hipoteca en euros

Imagen Mercados Divisas

La Audiencia Provincial de Madrid confirma anulación de condición multidivisa en hipoteca sobre vivienda habitual.

Tras más de cuatro años de litigios, la Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia que ya obtuvimos en Juzgado Mercantil de Madrid, declarando la nulidad de la condición multidivisa que contenía un préstamo hipotecario sobre vivienda habitual.

En el año 2006, el matrimonio que ahora ha ganado esta sentencia bajo nuestra defensa legal, contrató con Caixa Catalunya un préstamo que le informaron sería muy favorable. Esta pareja no tenía experiencia inversora ni conocimientos financieros, a pesar de lo cual fueron “animados” por la entidad financiera a contratar en una moneda extranjera (Francos Suizos), porque según ellos “funcionaba muy bien”.

La sentencia de la Audiencia Provincial afirma que la entidad financiera debería haber informado detalladamente de los siguientes extremos:

1.- Riesgo de cambio derivado del juego de la moneda nominal del préstamo (francos suizos), respecto del Euro, advirtiendo expresamente que las fluctuaciones monetarias pueden poner en riesgo la capacidad de hacer frente al préstamo.

2.- Riesgo de recálculo al alza de la equivalencia en euros del capital pendiente de amortizar por oscilaciones, así como que las fluctuaciones entre ambas monedas implican un recálculo constante del capital pendiente.

3.- Riesgo de vencimiento anticipado del préstamo y de ejecución de la hipoteca como consecuencia de la fluctuación de la divisa por encima de ciertos límites.

Además, se apoya en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, caso Andriciuc, de 20 de septiembre de 2017 (asunto C-186/16), reflejando lo establecido su apartado 50:

“ (…) el prestatario deberá estar claramente informado de que, al suscribir un contrato de préstamo denominado en una divisa extranjera, se expone a un riesgo de tipo de cambio que le será, eventualmente, difícil de asumir desde un punto de vista económico en caso de devaluación de la moneda en la que percibe sus ingresos. Por otra parte, el profesional, en el presente asunto el banco, deberá exponer las posibles variaciones de los tipos de cambio y los riesgos inherentes a la suscripción de un préstamo en divisa extranjera, sobre todo en el supuesto de que el consumidor prestatario no perciba sus ingresos en esta divisa. En consecuencia, corresponde al órgano jurisdiccional nacional comprobar que el profesional comunicó a los consumidores afectados toda la información pertinente que les permitiera valorar las consecuencias económicas de una cláusula como la controvertida en el litigio principal sobre sus obligaciones financieras. “

La sentencia obliga a la entidad financiera a convertir el préstamo a euros, recalculando toda la operación desde el inicio del contrato (año 2006), y declara la abusividad del vencimiento anticipado del préstamo por disminución de solvencia. Todo ello con condena en costas a la entidad financiera.

Puedes descargar la sentencia aquí.

Merece la pena recordar que las hipotecas multidivisa se empezaron a comercializar por parte de bancos en muchísimos países (España, Rumanía, Eslovaquia, …) aprovechándose de la falta de normativa protectora de consumidores, en una carrera competitiva entre bancos para aumentar respectivamente sus cuotas de mercado, dentro del ciclo especulativo que precedió al estallido de la crisis económica de 2008, por la que nuestro país es duramente castigado.

Equipo Jurídico del Centro de Asesoría y Estudios Sociales

23 de octubre de 2019.